Iniciado por
MateAmargo
¿ Pero que clase de estupidez es esta, estimado trollaco desinformador? Las hipotecas o cualquier otro tipo de crédito, se establecen mediante un CONTRATO entre ambas partes, por lo tanto dicho contrato tiene VALIDEZ solo en los juzgados especificados en el mismo contrato. Y salvo que se demuestre que se actuó de mala fé y que ademas el país al que se fuga el empufador tenga convenios de extradición ( si y solo si se demuestra el punto anterior) NADIE puede venir a embargarte nada, tenga o no tenga sucursales el banco en dicho país.
Las cosas que hay que leer...
Hacia tiempo que no leía tanta aberración jurídica condesada en tan poco espacio.
Ni puta idea. Pero es que ya ni a ivel de conceptos..... ¿desde cuando un contrato "tiene validez en juzgados especificados? ¿Qué coño tiene que ver la extradición con el cobro de una deuda?
¿No serás un Wilson al que se le viene abajo el sueño del retorno tras un sonajerazo?