Iniciado por titito La verdad es que el texto que quoteabas me sonaba de algo 
Yo creo que el 2% se aplica sobre el 80% del valor de tasación y al resto se le aplica "sin garantía real". Al menos así es como se calculan los recursos propios mínimos según Basilea II. Y si los bancos pueden interpretar eso de la norma, a buen seguro que lo van a hacer.
Antes me he acordado de que hay bancos que contratan un seguro para que en caso de impago, pague la parte de la deuda que excede el 80% de tasación (tramo de alto riesgo). Los préstamos hipotecarios con ese tipo de seguros reducirán mucho el importe a provisionar.
Puede que en este momento esas normas sean papel mojado, como tú dices, pero siguen afectando muchísimo a los beneficios de los bancos y por tanto, al valor de sus acciones. sí, cierto, AIG debio asegurar a cierto banco encuadrado en un grupo muy grande... en España claro |