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En lo respectivo a España, artículo 105 de la Ley Hipotecaria y artículo 1911 del Código Civil.

Prácticamente el 100% de la gente con la que he hablado del tema en los últimos años desconocía lo de la garantía personal ilimitada. Pensaban que si no se podía pagar un préstamo hipotecario el banco se queda con el piso y santas pascuas.

En cuando a USA, lo que tengo entendido es que no existe tal garantía, por lo que el que se come el marrón es el banco. Eso sí, el pepito queda marcado de por vida y lo va a tener jodido para que nunca más le concedan un préstamo, pero conserva el resto de sus bienes presentes y futuros.

Por cierto, si en USA los bancos han hecho las barbaridades que han hecho, en ausencia de garantía personal ilimitada, no puedo ni imaginar el alcance de lo que se ha hecho por aquí (y ZP empeñado en que tenemos la banca más sólida del mundo).

Última edición por Bender; 07-sep-2008 a las 18:21


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