Iniciado por
Centinela
se dice que Caixan Catalunya ha creado una figura llamada Dación en pago. Esto es mentira, esta figura jurídica existe en España desde el 1889 que se promulgó el código civil.
Caixa Catalunya no se ha inventado nada, simplemente opta por la solución más óptima ante un caso así.
Esto no es la unica incongruencia del articulo:
En más del 50% de los casos son las propias entidades las que se quedan los activos porque la valoración del inmueble no les satisface.
La LEC permite que los bancos se
puedan quedar con los inmuebles al 50% de la tasacion original (del inicio de la hipoteca).
Esto, por supuesto, tendrá su limite en cuando el banco se tiene que decidir entre aprovisionar o "comprar" pisos.
Dadles medio añito más...